Capacidad Jurídica

Implica uno de los elementos más importantes dentro del Derecho Civil, constituye la facultad que tiene todo ser humano sujeto de derecho, para ejercitar los derechos de los cuales es titular o para que le sea exigido el cumplimiento de las obligaciones contraídas, directamente por sí mismo o a través de un representante legal, también se le conoce como Capacidad de Goce. Tradicionalmente se le define como medida o grado para que una persona pueda participar en la vida jurídica, siempre y cuando cumpla con todas y cada una de las normas establecidas para su disfrute.

Capacidad Jurídica

En Venezuela conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Código Civil, es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años.

La capacidad jurídica va a depender de la edad de la persona, así a una persona que ha cumplido la mayoría de edad, se reconoce que posee la capacidad plena para ejercer sus derechos y para responder por sus deberes jurídicos, en cambio que una persona que aún se encuentra en la minoría de edad posee una capacidad disminuida, salvo en la medida que la ley le faculta, y aquí vale la pena que te haga la acotación pues un adolescente, de catorce (14) años y hasta antes de cumplir los dieciocho (18) años de edad, tiene capacidad jurídica para responder penalmente por las faltas que haya cometido pero no tiene la capacidad para realizar negocios jurídicos válidos, por lo cual no podrá jamás vender un vehículo, un terreno, una vivienda o constituir una compañía, aunque existen excepciones que el legislador ha dejado claras para otorgarle al adolescente la posibilidad de participar en la vida jurídica.

Puedes observar claramente que, las normas que rigen la capacidad negocial (la posibilidad de realizar actos jurídicos válidos) son completamente diferentes a las normas que rigen la capacidad delictual (la posibilidad de quedar obligados a responder por los hechos ilícitos que se han cometido). En términos generales, la capacidad jurídica le otorga a toda persona apta en derecho la posibilidad de llevar a cabo actos y de realizar negocios jurídicos válidos, en la medida que la ley se lo faculte; pero también, le impone sanciones cuando la persona ha cometido alguna infracción a la ley o ha incumplido con las obligaciones contraídas.

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